El Plan de Inspección Medioambiental de Castilla - La Mancha nació con el objetivo general de comprobar el grado de cumplimiento de la normativa medioambiental con el fin último es conseguir un nivel elevado de protección del medio ambiente.
Transcurrido un periodo desde la entrada en
vigor del anterior Plan de Inspección de Medioambiente de Castilla-La Mancha,
surge la necesidad de revisar y dar una continuidad a los objetivos del plan,
incorporando los nuevos condicionantes de carácter normativo que han ido
surgiendo con posterioridad.
En base a lo anteriormente expuesto, se
redacta el Plan de Inspección Medioambiental de
Castilla-La Mancha 2025-2030, como un instrumento que desarrolla la
estrategia de inspección y control ambiental en la región, además de
posibilitar el seguimiento de los planes, proyectos y actividades sometidas a
los distintos procedimientos ambientales y autorizaciones sectoriales en las
materias que son competencia de las Direcciones Generales de Calidad Ambiental
y Economía Circular y Agenda 2030 de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
En este documento se define la estrategia de
inspección y control ambiental en Castilla-La Mancha en los criterios mínimos
contemplados en la Recomendación de 4 de abril de 2001 del Parlamento Europeo y
del Consejo y en el artículo 23 de la Directiva 2010/75/UE. Asimismo, recoge las
obligaciones establecidas en el Reglamento (UE) N.º 1013/2006, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006 (ahora
derogado por el Reglamento (UE) 2024/1157 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024), relativo
al traslado de residuos, de establecer planes de inspección, con la finalidad
de garantizar una planificación periódica y coherente de estas inspecciones,
que se basarán en una evaluación de riesgos y en los que se incluirá una serie
de elementos claves. También se incluye la planificación de inspecciones en
otras materias de competencia de la Dirección General de Economía Circular y
Agenda 2030, como son las inspecciones según Ley 7/2022, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular o el Real Decreto 646/2020, por el que
se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, por
ejemplo.
El plan expone en primer lugar el marco
normativo aplicable en materia de inspección medioambiental, tanto a nivel
europeo como estatal y autonómico. También se hace referencia con el fin de la
mejora continua a la cooperación con otras instituciones y organizaciones como
Redia e Impel.
A continuación, se describe el ámbito del
plan (material, territorial y temporal) y se establecen los objetivos generales
y específicos que persigue. De acuerdo con estos objetivos, y con las
estrategias, políticas comunes a los países de nuestro entorno y al resto de
CCAA se declaran los principios rectores. Posteriormente, se recogen las
definiciones de los conceptos claves utilizados en el mismo.
Más adelante y respecto al desarrollo del
plan, establece que se ejecutará a través de programas de inspección
medioambientales de carácter anual y se plasmarán los tipos de actuaciones que
van a llevarse a cabo.
Posteriormente, se concreta como se realizará
la evaluación y seguimiento del plan, especificando los diferentes indicadores
que servirán como base para evaluar el grado de cumplimiento tanto del plan,
como en concreto de los programas que lo desarrollarán.
Finalmente se identifican programas de mejora
continua y creación de capacidad, que se ejecutan a través de actividades de
mejora de la actividad inspectora.
Fuente y descargas: castillalamancha.es/gobierno/desarrollosostenible


Aprodel CLM

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