El BOE de 13/03/2015 publica el Real Decreto 127/2015, de 27 de febrero, por el que se
integran los centros de ventanilla única empresarial y la ventanilla única de la
Directiva de Servicios en los Puntos de Atención al
Emprendedor, con el objetivo de que sólo exista una única red
de oficinas de atención a los emprendedores españoles, bajo una sola
denominación y marca, con el fin de evitar costes por duplicidades a las
Administraciones públicas, mejorar la información al ciudadano y a las empresas
y ofrecer una tramitación electrónica completa de todos los estados por los que
ha de pasar una empresa.
Ahorros
El ahorro para las Administraciones Públicas se estima en más de seis millones de euros anuales al desaparecer los convenios de los centros Ventanilla Única Empresarial (VUE) y una reducción de cargas administrativas para empresas y emprendedores de veintiún millones de euros anuales al utilizar los servicios de la red de Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y el sistema CIRCE del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en la realización de los trámites empresariales.
La red de Puntos de Atención al Emprendedor se creó en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización . Estos Puntos son oficinas dependientes de organismos públicos y privados que ofrecen servicios de información, asesoramiento y tramitación electrónica a los emprendedores españoles.
Puntos de atención al emprendedor
La Ley de emprendedores, no sólo establece los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) para trámites de creación de empresas, sino que amplia estas funciones al ejercicio y cese de actividad de las empresas. También crea el PAE electrónico del Ministerio de Industria como ventanilla virtual desde la cual se puedan realizar por vía electrónica todos los trámites empresariales.
Actualmente, el PAE electrónico ya ofrece los servicios de creación de empresas y están en desarrollo los referidos al ejercicio y cese de actividad; en este sentido, hace un mes se publicaba el Real Decreto 44/2015, de 2 de febrero, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la puesta en marcha de sociedades cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes, sociedades limitadas laborales y emprendedores de responsabilidad limitada mediante el sistema de tramitación telemática, y que las añadía a las sociedades que ya podían crearse por internet utilizando el DUE.
El ahorro para las Administraciones Públicas se estima en más de seis millones de euros anuales al desaparecer los convenios de los centros Ventanilla Única Empresarial (VUE) y una reducción de cargas administrativas para empresas y emprendedores de veintiún millones de euros anuales al utilizar los servicios de la red de Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y el sistema CIRCE del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en la realización de los trámites empresariales.
La red de Puntos de Atención al Emprendedor se creó en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización . Estos Puntos son oficinas dependientes de organismos públicos y privados que ofrecen servicios de información, asesoramiento y tramitación electrónica a los emprendedores españoles.
Puntos de atención al emprendedor
La Ley de emprendedores, no sólo establece los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) para trámites de creación de empresas, sino que amplia estas funciones al ejercicio y cese de actividad de las empresas. También crea el PAE electrónico del Ministerio de Industria como ventanilla virtual desde la cual se puedan realizar por vía electrónica todos los trámites empresariales.
Actualmente, el PAE electrónico ya ofrece los servicios de creación de empresas y están en desarrollo los referidos al ejercicio y cese de actividad; en este sentido, hace un mes se publicaba el Real Decreto 44/2015, de 2 de febrero, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la puesta en marcha de sociedades cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes, sociedades limitadas laborales y emprendedores de responsabilidad limitada mediante el sistema de tramitación telemática, y que las añadía a las sociedades que ya podían crearse por internet utilizando el DUE.
Fuente: lexdiario.es
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