lunes, 12 de agosto de 2024

SUBVENCIONES EN EL MARCO DE ESTRATEGÍA DE IMPLUSO AL TRABAJO AUTÓNOMO EN CASTILLA—LA MANCHA 2022-2025

 


La finalidad de estas subvenciones es el fomento y la consolidación del empleo autónomo en el marco de la ESTRATEGIA DE IMPULSO AL TRABAJO AUTÓNOMO EN CASTILLA-LA MANCHA 2022-2025.

Con estas ayudas, se pretende apoyar al autoempleo y el emprendimiento en la Región, favoreciendo la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de las personas trabajadoras autónomas, el relevo generacional, la inserción laboral de las personas familiares colaboradoras, así como el crecimiento de los negocios mediante la contratación indefinida de personas.

 

* Línea 1: Ayudas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de la persona trabajador autónoma, mediante la realización de un contrato de sustitución, de hasta un máximo de 1.200€/mes, con el fin de ayudar a los gastos del costo salarial y de seguridad social, derivados de la contratación efectuada.

 

* Línea 2: Ayudas para el fomento del relevo generacional, para facilitar la continuidad de los negocios más allá de la vida laboral de la persona promotora, mediante la transmisión de la actividad empresarial, de un máximo de 6.000€.

 

* Línea 3: Ayudas al familiar colaborador de la persona trabajadora autónoma, apoyando el mantenimiento de la actividad emprendedora, fomentando la inserción laboral de familiares de la persona trabajadora autónoma principal, mediante la prestación de servicios en el negocio familiar, como de máximo 3.000 €.

 

* Línea 4: Ayudas para la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena, siendo subvencionable el primer contrato por tiempo indefinido, a jornada completa o parcial, o por tiempo indefinido fjio-discontinuo, realizado por la persona solicitante en los términos previstos en este Decreto, hasta un máximo de 9.000€.

 

Es necesario que los potenciales beneficiarios atiendan a los requisitos generales y a las obligaciones comunes contemplados en los artículos 5 y 6 del presente Decreto.


PINCHA AQUÍ para acceder a toda la información a través de la web de FEDA.



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